DUDAS FRECUENTES SOBRE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Para el 29 de noviembre del 2022 dos millones de
empresas y personas naturales están en obligación de facturar electrónicamente.
Los únicos negocios que podrán seguir emitiendo comprobantes de manera física
son los que tienen ingresos brutos anuales de hasta $20.000, es decir, quienes
se encuentran dentro del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios
Populares (RIMPE).
● ¿Qué es la
facturación electrónica?
Una factura electrónica es un documento digital
legalmente válido y sirve como respaldo de las operaciones comerciales entre
contribuyentes, por lo cual reemplaza a las facturas tradicionales de papel.
Por medio de la facturación electrónica podemos emitir no solo facturas, sino
también todos los documentos contables autorizados por el SRI como son retenciones,
notas de crédito, recibos, guías de remisión entre otros.
● ¿Cuáles son los
beneficios?
Con la facturación electrónica las empresas
envían a sus clientes los comprobantes digitales aprobados por el SRI, lo que
trae consigo ahorro de tiempo, la eliminación del papel y se elimina el riesgo
de cometer errores humanos a la hora de digitalizar los datos de la factura.
También trae beneficios en términos de ahorro de
tiempo y costos, además de competitividad.
● ¿Cuáles son los
comprobantes electrónicos?
Los
comprobantes electrónicos son documentos tributarios en formato electrónico que
cumplen con los requisitos legales y reglamentarios del SRI.
- Facturas
- Liquidaciones de compras de bienes y
prestación de servicios
- Notas de crédito
- Notas de débito
- Comprobantes de retención
- Guías de remisión
Un
comprobante electrónico tendrá validez legal siempre que contenga una firma
electrónica.
● ¿Qué necesito
para empezar a facturar electrónicamente?
- Firma electrónica
- Software que genere comprobantes
electrónicos
- Conexión a Internet
- Clave de acceso a SRI en Línea
- Convenio de débito registrado
● ¿Qué necesito
para obtener la firma electrónica?
Un requisito indispensable para comenzar a
facturar electrónicamente es contar con la firma electrónica. En Iconta realizamos este trámite de
manera rápida y sencilla a todos nuestros clientes. Los requisitos dependen del
tipo de contribuyente que desea obtener la firma electrónica, a continuación se
detallan:
Persona natural
- Correo electrónico del titular de la
firma
- Número celular del titular de la firma
- Dirección de domicilio como consta en el
RUC (en caso de poseer RUC)
- Cédula anverso y reverso del titular de
la firma (jpg, png)
- RUC si dispone (PDF)
- Selfie con cédula en mano
Persona Jurídica
- Correo electrónico del titular de la
firma (representante legal)
- Número celular del titular de la firma
- RUC de la empresa (PDF)
- Constitución o estatutos de la empresa
(PDF)
- Nombramiento del representante legal
(PDF)
- Cédula anverso y reverso del
representante legal (jpg, png)
- Selfie del representante legal con cédula
en mano
Miembro de empresa
- Correo electrónico del titular de la
firma (miembro de empresa)
- Número celular del titular de la firma
(miembro de empresa)
- RUC de la empresa (PDF)
- Constitución o estatutos de la empresa
(PDF)
- Nombramiento del representante legal
(PDF)
- Cédula anverso y reverso del miembro de
la empresa (jpg, png)
- Selfie del miembro de la empresa con
cédula en mano
- Carta de autorización firmada por
representante legal (PDF)
Se debe tener en cuenta que la firma electrónica
tiene un tiempo de validez.
“Iconta tiene planes desde $14,99
mensuales que se adaptan a las necesidades de cada persona. Emitir una factura,
realizar una cotización, revisar pagos y cobros, conocer en tiempo real el
estado de tu negocio, son sólo algunos de los múltiples beneficios de nuestro
software” menciona Ricardo
Vallejo, Director Comercial de Iconta.
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