CONSECUENCIAS POR NO CONTAR CON FACTURACIÓN ELECTRÓNICA


Desde el 30 de noviembre los contribuyentes en el Ecuador están obligados a facturar electrónicamente. Solo quienes están dentro del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) se encuentran exentos a esta normativa.

El desconocimiento ha sido el principal obstáculo que ha impedido que un porcentaje considerable de contribuyentes aún no cuente con facturación electrónica. Y con la vigencia de la normativa también están presentes las sanciones, las multas van desde los $30 hasta los $1.500.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cuenta con su sistema gratuito de facturación electrónica y para los contribuyentes que deseen una herramienta particular en el mercado existen softwares contables con planes que se adaptan a los requerimientos y necesidades de cada persona.

Ricardo Vallejo, director Comercial de Iconta, menciona “Si usted es un contribuyente obligado a facturar electrónicamente y aún no cuenta con el servicio lo principal es contactar a expertos que le asesoren para obtener la firma electrónica y demás requerimientos propios para empezar a facturar electrónicamente y evitar sanciones”.

Así también, a pesar de estar bajo régimen RIMPE, pero facturar a empresas grandes o al Estado debe considerar cambiarse a facturación electrónica porque estas entidades solicitan el documento electrónico como requisito a los proveedores, asegura Vallejo.

 

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